DI RADO MABEL FRANCISCA C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION S/ AMPARO
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirma el rechazo in limine de la acción de amparo por inexistencia de justificación suficiente para exceptuar la vía ordinaria. La decisión sostiene que la actora pudo y debió agotar las vías procesales tradicionales antes de acudir a la vía del amparo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Mabel Francisca Di Rado, promovió acción de amparo contra la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la cesación de descuentos salariales que superaron el 93% de su salario en abril 2025, y que se detuvieran futuros descuentos. La demandante afirmó que los descuentos eran desproporcionados, nunca solicitados ni consentidos, y que violaban el decreto 988/2021, que regula los descuentos y limita el porcentaje al 35%. Además, realizó reclamos administrativos y denuncia penal por estafa. El Tribunal de grado rechazó in limine la acción, considerando que no se acreditó que los remedios ordinarios no pudieran ser utilizados sin daño grave o irreparable, y que la actora no aportó argumentos suficientes para justificar la vía del amparo. La apelante argumentó que la situación de vulnerabilidad y la urgencia justificaban la vía constitucional, y que la demora del proceso ordinario causaría daño irreparable. La Cámara confirmó la decisión, señalando que la actora pudo y debió agotar los recursos ordinarios previstos en el Código Contencioso Administrativo, y que las manifestaciones de urgencia no justifican la vía excepcional del amparo sin agotar previamente las vías comunes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: