GALASSI, MARCELA ALEJANDRA C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES Y OTRO S/ INCIDENTE DE APELACIÓN EN CAUSA A-1683-2025
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata revoca las multas y astreintes impuestas por el incumplimiento de una orden de provisión de medicación, por irregularidades en la notificación del apercibimiento, y ordena dejar sin efecto dichas sanciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Marcela Alejandra Galassi, promovió una acción de amparo contra la Provincia de Buenos Aires, demandando al Ministerio de Salud la provisión de medicación para su tratamiento. El juez de primera instancia ordenó al Ministerio que entregara la medicación, y posteriormente, ante el incumplimiento, dispuso aplicar multas diarias de $30.000 en caso de retardo. La representación fiscal apeló argumentando que la notificación del apercibimiento no fue debidamente realizada, vulnerando el debido proceso y el derecho de defensa. La Cámara analizó las irregularidades en la notificación y concluyó que la intimación no fue correctamente comunicada al domicilio electrónico constituido, lo que invalidó la sanción, ya que la notificación defectuosa impidió que el obligado tuviera conocimiento efectivo de la misma. La sentencia destaca que las sanciones conminatorias, por su carácter provisorio, pueden ser revisadas y dejadas sin efecto si no se notifican debidamente, y en este caso, la irregularidad en la notificación afectó la validez de la imposición de las astreintes. Por ello, se hace lugar al recurso y se deja sin efecto las multas.
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