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PONS CECILIA SOLEDAD C/ IOMA S/ AMPARO

La Cámara de La Plata confirma la condena al IOMA a brindar cobertura integral del tratamiento de fertilización asistida, incluyendo criopreservación de embriones, en base a derechos constitucionales, legislativos y convencionales, siempre que exista prescripción médica; rechaza recursos del demandado y mantiene la sentencia.

Recurso de apelacion Fertilizacion asistida Criopreservacion Derecho a la salud Derecho a la vida Cobertura medica Ley 14.208 Derechos humanos Jurisprudencia Amparo

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora Cecilia Soledad Pons demanda contra IOMA para obtener cobertura total del tratamiento de fertilización asistida con técnicas de alta complejidad y criopreservación de embriones. La jueza de primera instancia ordena la cobertura integral, incluyendo la criopreservación hasta lograr el embarazo, argumentando que la normativa y derechos constitucionales garantizan dicha protección, y que la normativa reglamentaria del IOMA ampara la prestación. La parte demandada recurre, cuestionando la obligatoriedad de la cobertura sin límite temporal y la inclusión de la criopreservación. La Cámara confirma la sentencia, sosteniendo que la normativa y los derechos constitucionales y convencionales respaldan la protección del derecho a la salud reproductiva, y que la criopreservación debe mantenerse hasta la consecución del embarazo, en línea con los precedentes jurisprudenciales y la interpretación de las leyes 14.208 y 14.611, en el marco del derecho a la vida y la salud. Se rechazan los recursos del demandado y se ratifica la obligación de la obra social de brindar la cobertura integral, con costas a la parte vencida.

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