Logo

C M S C/ R M N Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín modificó la sentencia de primera instancia, elevando las sumas indemnizatorias por daños y perjuicios y extendiendo la condena a la aseguradora, considerando la gravedad de las lesiones y daños psíquicos, y ajustando aspectos de interés y costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora demandó por daños derivados de un accidente de tránsito. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora en la medida del contrato. La apelación de la actora cuestionó los montos indemnizatorios y la actualización del límite de cobertura. La citada en garantía impugnó los montos de incapacidad y daño moral, además de la tasa de interés y la actualización. La Cámara analizó exhaustivamente la prueba pericial, que confirmó la relación causal entre el accidente y las lesiones, incluyendo daños físicos y psíquicos, y consideró que los daños sufridos justificaban una elevada indemnización. En cuanto a los aspectos económicos, la Sala aplicó la doctrina del fallo "Barrios" respecto de la indexación, y estableció que la responsabilidad de la aseguradora se extienda en la medida del seguro contratado, ajustando las sumas indemnizatorias y la tasa de interés desde la fecha del hecho. La Cámara también analizó la razonabilidad del límite de cobertura, considerando la desvalorización monetaria y la función social del seguro, y decidió ampliar la condena a la aseguradora, sin desnaturalizar el vínculo contractual, y ajustando las costas y honorarios. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Con relación a la causa-efecto, la pericia médica, en conjunto con las constancias de atención y estudios complementarios, acredita la existencia de lesiones y secuelas que guardan relación causal con el siniestro. La limitación funcional observada en las articulaciones, en coincidencia con las imágenes diagnósticas, respalda la valoración de la incapacidad física en un 29,37%, la cual debe elevarse por la gravedad y las características personales de la damnificada, mujer de 34 años, madre de dos hijos, empleada y con estudios secundarios completos. La doctrina jurisprudencial y los antecedentes del tribunal permiten sustentar la elevación de la suma indemnizatoria a veintinueve millones trescientos setenta mil pesos ($29.370.000). En materia de daño psíquico, la pericia psicológica concluye que la víctima presenta un cuadro reactivo crónico, con trastorno adaptativo que requiere tratamiento psicológico, por lo que se fija en cinco millones ciento ochenta mil pesos ($5.180.000). Respecto al daño moral, la suma se incrementa a trece millones ochocientos veinte mil pesos ($13.820.000), considerando el sufrimiento espiritual y angustia derivada del hecho. La extensión de la condena a la aseguradora se fundamenta en la normativa y doctrina que admiten la responsabilidad en

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar