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FAVAZ CLAUDIO MARTIN C/ TIRO FEDERAL DE TRES ARROYOS S/ DESPIDO

La sentencia declara la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 y de los rubros no remunerativos en los acuerdos del 20/9/2024, y condena a Tiro Federal de Tres Arroyos al pago de $39.071.241,45 por relación laboral y otros conceptos, con intereses y costas. La decisión respalda la existencia de vínculo laboral y la ilegalidad de las normativas y acuerdos cuestionados.

Relacion laboral Despido Inconstitucionalidad dnu 70/2023 Rubros no remunerativos Indemnizaciones Multa art. 67 ley 15.057 Prueba documental Testigos Pericia caligrafica Derechos irrenunciables

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia reconoce que Claudio Favaz demandó por relación laboral, reclamando salarios, indemnizaciones, multas y beneficios, argumentando que laboró desde junio de 2013 hasta enero de 2024 en tareas de mantenimiento y en beneficio de la institución. La parte demandada negó la relación laboral, insistiendo en que Favaz era socio y colaborador, no empleado, y que la vivienda y tareas realizadas no constituían vínculo laboral. La prueba, incluyendo documentos, testimonios y pericias, demuestra que Favaz desempeñó funciones en beneficio del club, con trabajo bajo dependencia y en categoría 5ta. del CCT 804/2023, en jornada completa. La sentencia destaca que el reconocimiento expreso del carácter laboral por parte del presidente del club, mediante certificación, y la prueba pericial, confirman la existencia del vínculo. Además, se declara la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 y de los acuerdos salariales no remunerativos, por violación a normas constitucionales y supralegales. La condena incluye una suma de $39.071.241,45, con intereses y costas.

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