NUÑEZ AURORA Y OTRO/A C/ GUTIERREZ LEITE ROSA ALEJANDRA Y OTRO/A S/ ACCION REIVINDICATORIA
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala Tercera, confirma la sentencia que rechazó en primera instancia el planteo de nulidad de la notificación de la demanda, argumentando que la notificación fue válida y que el recurso de nulidad presentado es extemporáneo. La decisión se fundamenta en la valoración de las constancias del expediente y en la ley procesal vigente, rechazando los agravios sobre irregularidades en la notificación y confirmando la validez del acto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se inicia con una acción reivindicatoria promovida por Aurora Nuñez y otro contra Rosa Gutiérrez Leite y otro. La sentencia de primera instancia, dictada el 21 de marzo de 2025, rechazó un planteo de nulidad de notificación formulado por la Sra. Daiana Roxana Ojeda, considerándolo extemporáneo y válido. La apelante alegó que la notificación fue irregular debido a errores en la identificación y fijación del acto en el domicilio, además de cuestionar la constatación del estado de ocupación del inmueble. La Cámara, tras analizar los argumentos, concluyó que no existen irregularidades suficientes para anular la notificación, ya que la cédula fue efectuada en el domicilio indicado y el acta de constatación cumple con los requisitos legales. Además, se consideró que el planteo de nulidad no fue presentado en tiempo oportuno. La Cámara confirma la decisión de primera instancia y suma que las costas de la alzada serán a cargo de la apelante vencida.
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