Logo

LOPEZ FERNANDO DANIEL C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El tribunal homologó un acuerdo transaccional en un proceso por accidente de trabajo, rechazando obstáculos legales y considerando que se alcanzó una justa composición de la litis, otorgándole fuerza de cosa juzgada. La homologación implica la aceptación del acuerdo por parte del tribunal y la finalización del litigio.

Homologacion de acuerdo Accidente de trabajo Accion especial Fuerza de cosa juzgada

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, LOPEZ FERNANDO DANIEL, demandó a ASOCIART S.A. por un accidente de trabajo. Las partes presentaron un acuerdo transaccional fechado el 13/8/25, que fue sometido a homologación por el Tribunal del Trabajo N° 3 de General San Martín. La resolución señala que "no surge del análisis de autos, obstáculo legal alguno que impida su homologación, considerando que se ha logrado una justa composición de la litis". El tribunal homologó el acuerdo con fuerza de cosa juzgada, considerando que "de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del mismo no surge obstáculo legal alguno, habiéndose alcanzado una justa composición de la litis (art. 15 LCT., art. 30, Ley 15.057
- art. 309 y ss. CPCC. y art. 89, Ley 15.057)". Además, impuso las costas a la demandada y regularizó honorarios profesionales en función de las leyes arancelarias vigentes, estableciendo los montos y condiciones para el pago de los honorarios, aportes, y tasas judiciales. La homologación también ordena pagos y acreditaciones específicos, incluyendo depósitos en cuenta sueldo o bancaria y la obligación de la demandada de acreditar el pago de tasas y contribuciones. Fundamentos principales: "Que no surge del análisis de autos, obstáculo legal alguno que impida su homologación, considerando que se ha logrado una justa composición de la litis." La resolución destaca que "de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del mismo no surge obstáculo legal alguno", y que "se ha alcanzado una justa composición de la litis". La homologación implica que "el acuerdo transaccional celebrado y acompañado en fecha 13/8/25, por considerar que de las constancias del presente juicio, de las explicaciones dadas por cada uno de los litigantes, como así también de las bases del mismo no surge obstáculo legal alguno, habiéndose alcanzado una justa composición de la litis". La homologación tiene el efecto de consolidar el acuerdo y poner fin al proceso, con fuerza de cosa juzgada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar