SENA MARTIN ALBERTO C/ EXPERTA ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El Tribunal del Trabajo N° 3 de General San Martín resolvió declarar su incompetencia en la causa SENA MARTIN ALBERTO c/ EXPERTA ART SA, y remitir la causa al tribunal competente en Florencio Varela. La decisión se fundamenta en la normativa que establece la competencia territorial según el domicilio del actor y la opción del demandante por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, SENA MARTIN ALBERTO, demanda a EXPERTA ART SA en un expediente por enfermedad profesional, pero previamente agotó la instancia administrativa en la Comisión Médica Jurisdiccional N°383 de San Martín. La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires ha establecido que la competencia territorial de la justicia laboral resulta improrrogable, y que la decisión de la Comisión Médica puede ser recurrida ante tribunales del trabajo en la localidad donde se halla situada la Comisión. En este caso, dado que el actor reside en Florencio Varela y optó por acudir a la Comisión Médica de Quilmes, corresponde que el tribunal competente sea el de esa localidad, en consonancia con la Resolución 326/2010 de la SCBA y la normativa aplicable. La sentencia concluye que debe hacerse lugar al planteo de competencia presentado por la parte actora, y remite la causa al tribunal de Florencio Varela.
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