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VILLALBA MICAELA AYELEN C/ BIALUFRAN S.A. S/ DESPIDO

La homologación del acuerdo conciliatorio en proceso laboral fue aprobada por el Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes. La decisión confirmó la validez del acuerdo y estableció las costas a cargo de la parte demandada, además de regular los detalles para la transferencia de fondos y el pago de tasas, considerando que no vulnera el orden público ni derechos de las partes.

Conciliacion laboral Homologacion acuerdo Despido Cosa juzgada Costas Ley 15.057 Tasa de justicia Transferencia fondos Tribunal de trabajo Quilmes

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, MICAELA AYELEN VILLALBA, demandó a BIALUFRAN S.A. por despido.
- Las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio.
- El tribunal decide homologar dicho acuerdo, con efectos de cosa juzgada, y regular las costas y condiciones para la transferencia de fondos.
- Los fundamentos principales indican que "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes".
- También se señala que "la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057)", y que "las costas a cargo de la parte demandada".
- Se establecen los procedimientos para la acreditación de datos y el pago de la tasa de justicia, con la exención del 50% del importe.
- La decisión se fundamenta en la conveniencia de la conciliación y en el cumplimiento de los requisitos legales para su homologación, garantizando la seguridad jurídica y la efectiva transferencia de fondos.

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