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M., G. S/ ASOCIACION ILICITA (IPP 03-01-2665-22) J. G. N° 5

El defensor de Gastón Mastreta apeló la resolución que no hizo lugar a la nulidad del llamado a indagatoria. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal confirmó la decisión del juez de primera instancia, argumentando que no se verificaron causales de nulidad.

Recurso de apelacion Nulidad Indagatoria Derecho de defensa Asociacion ilicita Codigo procesal penal Agravio Carga probatoria Resolucion judicial Confirmacion de sentencia

Actor: Dr. Rodrigo Gabriel Bentaberry Demandado: Gastón Mastreta Objeto: Nulidad del llamado a indagatoria Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la resolución que no hizo lugar a la nulidad

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El mismo cumple con los requisitos establecidos por la norma procesal, encontrándose fundado y motivado." "Nada de ello ocurre en autos, debiendo agregar a mayor abundamiento, que entiendo de toda corrección lo sostenido por el Sr. Fiscal de Cámaras en fecha 19 de marzo de 2025, en cuanto resalta el neto carácter de acto de defensa que circunscribe a la declaración prevista por el art. 308 del Ritual Penal." "Las nulidades no proceden en el solo beneficio de la ley, de allí que el agravio que de los actos viciados se siga, no debe devenir solo de una eventual omisión de recaudos formales sino de la concreta circunstancia de haberse deteriorado efectivamente un derecho o una expectativa probatoria cierta."

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