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G. M. D. S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS S/ RECURSO DE APELACION CONTRA EL VEREDICTO ABSOLUTORIO (ELEC)

La Cámara de Apelación declaró prima facie extinguida la acción penal por prescripción respecto del hecho atribuido a M. D. G., y resolvió que el recurso de la parte damnificada era inoficioso y carente de virtualidad, dado que la absolución se consolidó por extinción de la acción penal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa fue iniciada por M. V. L. contra M. D. G. por lesiones leves agravadas ocurridas el 7 de enero de 2022 en San Miguel del Monte. La jueza de primera instancia dictó veredicto absolutorio en su contra. La parte damnificada interpuso recurso de casación, reconducido a apelación, denunciando arbitrariedad y vulneraciones normativas en la análisis probatorio y en la valoración de las evidencias, solicitando la revocación de la fallo y la condena del imputado. La Cámara, tras analizar la cuestión previa de la prescripción, concluyó que la acción penal se encontraba extinguida, dado que el plazo de prescripción de dos años ya había sido cumplido al momento del recurso y su concesión, por lo que declaró la extinción "prima facie". Asimismo, consideró que el recurso de la parte damnificada era inoficioso y sin virtualidad, ya que la absolución se había consolidado por prescripción, por lo que no procedía mayor análisis del fondo. La decisión quedó condicionada a la eventual información del Registro Nacional de Reincidencia para confirmar la extinción definitiva.

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