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.................... S/ RECURSO DE QUEJA

La defensora de Petrino interpuso queja por la resolución que confirmó la orden de rebeldía sin haber agotado los recursos previos, y el tribunal remite la causa a la Cámara de Dolores por inadmisibilidad del recurso y por prescripción de la acción penal.

Recurso de queja Orden de rebeldia Orden de comparecencia Prescripcion de la accion penal Inadmisibilidad del recurso Tutela judicial efectiva Camara de dolores Impugnacion procesal Garantias constitucionales Recursos legales.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Defensora Particular, Dra. Noelia Daniela Kirilenko, interpuso una queja contra la resolución de la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías del Departamento Judicial Dolores, que confirmó la orden de rebeldía y dispuso el comparendo de Lucas Damián Petrino, para garantizar el debate oral y público. La Sala I del Tribunal de Casación Penal, tras evaluar el cumplimiento de los requisitos formales, concluyó que la defensora no cumplió con presentar previamente un recurso de casación ante la misma Cámara de Apelación y Garantías, tal como exige el artículo 433 del Código Procesal Penal. En consecuencia, propuso remitir la queja a la Cámara de Dolores para que analice su admisibilidad y también remite el escrito de la prescripción de la acción penal, alegada por la defensora, al Juzgado Correccional N° 2, por tratarse de una cuestión que debe resolverse en esa instancia. Los jueces Maidana y Carral adhieren a estos planteos. La sentencia dispone la remisión de las presentaciones a las instancias correspondientes, sin costas, en resguardo de la tutela judicial efectiva y los derechos constitucionales y convencionales de la defensora.

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