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.................... S/ RECURSO DE QUEJA

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires revoca la decisión de denegar salidas transitorias a Juan Alejandro Balcarce y ordena su inclusión en el régimen, considerando que la resolución previa fue arbitraria y sin fundamentación válida, en base a la protección de derechos constitucionales y principios de igualdad ante la ley.

Salidas transitorias Casacion Arbitrariedad Derechos constitucionales Libertad personal Rechazo de denegatoria Inclusion en regimen Decision arbitraria Proteccion de derechos Libertad del condenado.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires admite la queja interpuesta por la defensora oficial de Juan Alejandro Balcarce contra la denegatoria de salidas transitorias dictada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Morón. La decisión de la Cámara fue considerada arbitraria, pues los argumentos utilizados para denegar las beneficios no tenían relación con los requisitos legales y vulneraban los principios constitucionales de igualdad y derecho a la resocialización. El tribunal destaca que la resolución impugnada carecía de fundamentación válida y que los aspectos considerados por la órgano de origen no podían ser considerados obstáculos legítimos para conceder las salidas. La Sala concluye que la decisión fue ilegítima y, en consecuencia, hace lugar a la casación, ordenando la inclusión de Balcarce en el régimen de salidas transitorias, encomienda la instrumentación a ese juzgado y remite los actuados en forma urgente. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "El temperamento adoptado por los jueces de la instancia anterior no debió ser ponderado como extremo impediente de los regímenes solicitados, en tanto versan sobre aspectos que no tienen punto de contacto con los recaudos legales que deben evaluarse
- razonablemente-, de modo que no pueden servir de fundamento a lo resuelto, so riesgo de imponer exigencias extra legales." "Los fundamentos en que se apoya el temperamento adoptado carecen de entidad suficiente para sustentar una denegatoria legítima y razonable a las salidas transitorias peticionadas." "Corresponde casar la resolución atacada e incluir a Juan Alejandro Balcarce en el régimen de salidas transitorias." VOTOS:
- Dr. Carral: Se hace lugar a la casación y se ordena la inclusión en salidas transitorias.
- Dr. Maidana: Adhiere al voto del Dr. Carral.

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