DE LA FUENTE, MARIA DE LA VICTORIA c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara Federal de Neuquén declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias aplicado sobre jubilaciones y pensiones, y ordenó la devolución de las sumas retenidas desde 2019 hasta 2023, fundamentando que dicha imposición viola garantías constitucionales y principios de igualdad y capacidad contributiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María de la Victoria De la Fuente, demanda la devolución de $1.158.672 por retenciones indebidas en concepto de Impuesto a las Ganancias desde 2019 a 2023.
- La AFIP argumenta que el reclamo excede las competencias del organismo, que no existe declaración de inconstitucionalidad previa y que los montos retenidos corresponden a tributo constitucional.
- La Cámara analizó la constitucionalidad del art. 82 inc. c) de la ley 20.628, en particular la inclusión de las jubilaciones en la categoría de ganancias, concluyendo que dicha norma vulnera los principios de igualdad, progresividad y capacidad contributiva, por considerar que gravar las jubilaciones en esas condiciones implica una imposición confiscatoria.
- La sentencia cita precedentes de la Corte Suprema y de esta misma Cámara, señalando que la ley debe ponderar la vulnerabilidad de los jubilados y que la carga fiscal no puede ser desproporcionada o discriminatoria.
- Se declaró la inconstitucionalidad del tributo en esa materia, ordenando la devolución de los importes retenidos, con intereses desde la mora (4/11/2024).
- La sentencia descarta la prescripción, por entender que los plazos de cinco años no han vencido, y fija el monto a devolver en $1.158.672, ajustando la demanda en base a la prueba y documentación aportada.
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