Logo

F., N. D. Y OTRO S/HURTO CALIFICADO (IPP 03-02-9377-24) J.G.N°4

La Cámara de Dolores confirmó la prisión preventiva de Filpo, Cardozo y Matoso por delitos de hurto agravado de vehículos en diversos hechos, considerando peligrosidad procesal y organización delictiva, y rechazó recursos de apelación. La decisión se basa en la gravedad del delito y antecedentes de los imputados.

Recurso de apelacion Prision preventiva Hurto agravado de vehiculos Organizacion delictiva Peligro procesal Antecedentes penales Medidas cautelares Camara de dolores Dispositivo legal art. 162 y 166 del c.p. Acuerdo ordinario

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, representado por la Fiscalía, demanda a Hernán Ezequiel Cardozo, Néstor Daniel Filpo y Cayetano Agustín Matoso por la comisión de tres hechos de hurto agravado de vehículos, ocurridos en Costa Azul, Santa Teresita y Costa del Este, mediante planificación y distribución de tareas. La resolución recurrida del juez de garantías dispuso convertir la detención en prisión preventiva, basándose en la modalidad delictiva, la organización delictiva y antecedentes penales, incluido un condenado a 9 años y 2 meses en 2012 y otra condena a 1 año y 2 meses en 2023 por encubrimiento agravado. La Cámara valoró la complejidad de la investigación, la cantidad de elementos secuestrados, y los antecedentes de los imputados, justificando la medida cautelar. La defensa alegó que cada hecho debe analizarse independientemente y cuestionó la calificación legal y la inexistencia de antecedentes en algunos casos, pero la Cámara rechazó estos agravios. La mayoría del tribunal coincidió en que la resolución del juez de garantías fue ajustada a derecho y confirmó la prisión preventiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar