REC APEL C/ DENEGAT MORIG PRIS PREV - P., C. J. - CAUSA N° 535 (R.I. 10138) IPP 03-02-5028-23 (535/-10628-2025 T.O.C.N°1)
La Cámara de Dolores confirmó la resolución que denegó el arresto domiciliario a Christian Javier Paiva, considerando que la prisión preventiva resulta proporcional y justificada por los peligros procesales, en especial la gravedad de los hechos y la proximidad del debate oral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Christian Javier Paiva interpuso recurso de apelación contra la resolución de la jueza del TOC N°1 Departamental que denegó su pedido de arresto domiciliario con monitoreo electrónico. La impugnante argumentó que la prisión preventiva sólo debe justificarse por peligros procesales y que la pena en expectativa no constituye por sí sola un motivo suficiente para mantener la prisión. Además, propuso la utilización de monitoreo electrónico y la participación de su madre como garante, lo cual fue rechazado por la Cámara. El tribunal sostuvo que no se configuraron los supuestos del art. 159 del C.P.P., y que no existían circunstancias excepcionales que justificaran la sustitución de la prisión por el arresto domiciliario. Se destacó que la gravedad de los hechos imputados y la proximidad del debate oral, fijado para septiembre de 2025, justifican la continuidad de la prisión preventiva. La Cámara concluyó que la decisión de la jueza fue ajustada a derecho y rechazó el recurso, confirmando la resolución en crisis.
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