S., M. E. S/ INCIDENTE DE REGIMEN ABIERTO Y SALIDA TRANSITORIAS EN CAUSA N° 16210 (IPP 03-02-0217-22) UFIJ N° 6 (JEP 17777)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó la denegatoria de salidas transitorias para Matías Ezequiel Sanz, fundamentada en la falta de cumplimiento de requisitos legales y en la peligrosidad social del condenado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Dolores analizó el recurso de apelación interpuesto por Matías Ezequiel Sanz contra la resolución que denegó sus salidas transitorias. La sentencia condenatoria fue dictada en julio de 2021 por delitos de robo agravado y tentativa de robo, con una pena de tres años y seis meses de prisión efectiva. La resolución impugnada fundamentó la denegatoria en informes psicológicos y carcelarios que indicaban dificultades en la reinserción y la presencia de una declaración de reincidencia. La Cámara sostuvo que, si bien el informe psicológico no es vinculante, existían variables negativas, como la falta de datos familiares y de domicilio, y la reciente promoción a régimen abierto, lo que requería un análisis más exhaustivo. Además, consideró que la peligrosidad del condenado, sumada a su historial delictivo, justificaba la decisión de denegar las salidas transitorias. La Cámara afirmó que los requisitos legales estaban cumplidos y que la resolución de primera instancia se encontraba ajustada a derecho. Finalizó señalando que no se acreditaron las circunstancias que ameritaran la concesión del beneficio, ratificando la denegatoria y confirmando la resolución impugnada.
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