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.................... S/ AMENAZAS Y DESOBEDIENCIA, AMBAS REITERADAS (FDP N°8 IPP N°310-23 J.GARANTIAS N°3 CAUSA N°7973)

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Trenque Lauquen confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Bethouart por amenazas y desobediencia en concurso real, manteniendo la pena de un año de prisión en suspenso, considerando que la valoración probatoria y fundamentación del juez de grado se ajustan a derecho y que los agravios del recurrente no logran demostrar arbitrariedad o error en la valoración de la prueba. La Cámara destaca que la prueba principal, el testimonio de la víctima, fue suficiente para acreditar los hechos, y que no se acreditó la existencia de dolo en las conductas desobedientes, por lo que ratifica la condena y las condiciones impuestas. La decisión se fundamenta en la valoración racional y congruente de las pruebas, en línea con jurisprudencia sobre la valoración de testimonios y la lógica del proceso penal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Trenque Lauquen analiza la apelación de la defensa de Roberto Bethouart contra la sentencia que lo condenó por amenazas y desobediencia reiteradas en concurso real tras hechos ocurridos en febrero de 2023. La víctima M. E. M. declaró temerosa ante las amenazas de Bethouart, quien desobedeció medidas cautelares y realizó amenazas verbales en la vía pública. La valoración de la prueba, especialmente el testimonio de la víctima, fue considerada suficiente y adecuada por el tribunal, que también rechazó la incorporación del informe psicológico solicitado por la defensa, por no haber sido propuesto en el juicio. La Cámara concluye que la fundamentación del juez de grado fue lógica, racional y ajustada a las normas del proceso, sin evidenciar arbitrariedad o error, por lo que confirma la sentencia condenatoria y la pena impuesta, además de las condiciones y medidas de seguimiento impuestas. La defensa argumentó por la inexistencia del dolo y por la exclusión del informe psicológico, pero estos agravios fueron desestimados por la Cámara.

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