---------S/APELA DENEGATORIA DE PRISION DOMICILIARIA
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la denegatoria de prisión domiciliaria en favor de Duarte, argumentando que no se acreditó la situación de vulnerabilidad de los menores ni la existencia de circunstancias que justifiquen la medida en base a la ley y antecedentes del imputado. La decisión se fundamentó en que los menores estaban bajo cuidado de la madre y familiares, y que el imputado tiene antecedentes penales y situación de rebeldía, por lo que no se consideraron razones suficientes para modificar la resolución de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás, en revisión del recurso interpuesto por la Defensa Oficial contra la resolución del 25/03/2025 del Juzgado de Ejecución Penal departamental que rechazó el pedido de prisión domiciliaria de Pablo Emiliano Duarte, confirmó la denegatoria. La Sala analizó que, aunque el imputado es padre de dos menores y su situación familiar y de salud no justifican la prisión domiciliaria, no se acreditó en forma suficiente la vulnerabilidad de los menores ni la imposibilidad de continuar en su cuidado habitual. Además, valoró que Duarte tiene antecedentes penales y estuvo prófugo por diez meses, por lo que la decisión del juez de mantenerlo en prisión en un establecimiento penitenciario fue razonada y ajustada a derecho. La Defensa no logró demostrar que existieran circunstancias excepcionales que justifiquen la prisión domiciliaria, por lo que la Cámara confirmó la resolución de primera instancia.
Fundamentos principales:
"en la materia que se trata y durante la etapa de ejecución
- hallándose un sujeto privado de libertad por resolución firme de juez competente (...) las normas que regulan las alternativas de ejecución domiciliaria de la pena, contemplan diversas hipótesis para que proceda este excepcional modo de cumplimiento, pero para el cual inexorablemente deben estar presentes los requisitos exigidos por la ley de fondo (...). En el asunto en tratamiento, como lo destacan el juez de grado y el Fiscal, la situación de Duarte no se encuentra enmarcada en el marco normativo, ya que los menores que conviven con la familia del encartado no evidencian vulnerabilidad que justifique la medida. La existencia de antecedentes penales y la condición de prófugo también pesan en la valoración."
Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia relevantes en el fallo.
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