----------S/APELA SENTENCIA EN JUICIO ABREVIADO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la condena por portación ilegal de arma de fuego, y rechazó la recurso de apelación de la defensa, argumentando que la valoración de la prueba y la legalidad de la sentencia se ajustan a derecho. La defensa cuestionó la valoración de la prueba y la justificación del imputado, pero el tribunal sostuvo que el análisis probatorio fue correcto y que la conducta del imputado encuadra en el art. 189 bis del Código Penal. La sentencia condenatoria de primera instancia, que impuso 8 meses de prisión efectiva, quedó firme. Fundamentos principales: El fallo en crisis, tanto en la descripción material del ilícito, en la participación adjudicada (art. 45 C.P.), en la valoración y conclusiones probatorias de ambos extremos y en la calificación legal atribuida - cuestiones que atribuyen el conocimiento del proceso a esta Alzada (art. 434 del rito) - no se ha apartado de los términos del requerimiento de elevación a juicio (dictamen de la Dra. Franca Padulo del 10/10/2024) y en base a las constancias de la investigación que fueran admitidas por la defensa técnica al momento de convenir el juicio abreviado (propuesta de la fiscalía del 7/11/2024, conformidad de la defensa y el imputado del 12/11/2024 y audiencia celebrada ante el órgano de juicio interviniente en esa misma fecha), con lo cual la actitud recursiva del letrado impugnante [...] constituye un supino desconocimiento al principio de buena fe procesal y una violación a la doctrina de los propios actos que exige coherencia a los operadores en las actitudes que se adoptan en el desarrollo de un proceso. Porque al no registrarse apartamiento alguno de los extremos acordados, puntualmente en lo que hace a la atribución legal del hecho ilícito en los términos acordados por las partes y el imputado (arts. 396 y 399 C.P.P.), la cuestión que se pretende someter a revisión se transforma en abstracta [...] toda vez que el fallo recurrido comenzó aceptando la admisibilidad del trámite impreso a la causa [...] de lo que se desprende que el encartado [...] no desconocía el alcance de la conformidad prestada. Asimismo, la acreditación de la materialidad ilícita descripta y la participación responsable del imputado González en ella (art. 45 del C.P.), se encuentran debida y legalmente demostradas a partir de la valoración del significado de las piezas convictivas que suministra el expediente y que fueran ponderadas acertadamente por la juez interviniente [...] La acción de llevar en la vía pública un arma de uso civil, cargada y en condiciones de uso inmediato, sin la debida autorización legal, se encuentra comprendida por el tipo previsto en el art. 189 bis
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