.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN
La Cámara de Casación Penal de La Plata declaró procedente el recurso de casación contra la resolución que denegó la libertad condicional a Joel Ezequiel Biebel y anuló dicho pronunciamiento, ordenando la emisión de un nuevo fallo que garantice la motivación adecuada y constitucional del decisorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se refiere a la impugnación de la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Morón que confirmó el rechazo a la libertad condicional de Joel Ezequiel Biebel, condenado a 12 años por delitos de hurto y robo. La Cámara de Casación analiza si la motivación del rechazo, basada en supuestos déficits en participación laboral y educativa, cumple con los requisitos constitucionales y legales. La Sala considera que la resolución impugnada carece de suficiente fundamentación respecto a la relación entre los informes psicológicos y la denegatoria, además de no valorar adecuadamente la reincorporación laboral reciente y los avances educativos del condenado. Los jueces concluyen que la resolución presenta afectaciones constitucionales por omisión de motivación suficiente y arbitraria, por lo que declaran procedente el recurso de casación, anulan la sentencia y devuelven la causa para un nuevo pronunciamiento que garantice la fundamentación adecuada. Fundamentos principales: "El auto impugnado no menciona ninguna constancia del informe psicológico en el que se señale alguna problemática relativa a la estructura de personalidad del causante para adaptarse a las normas, con lo que va de suyo, queda sin motivación la conclusión, esto es, la que pretende referir que las constancias de dicho informe psicológico impedirían la concesión del instituto pretendido, desde que el sentenciante no explica la relación entre la necesidad de terapia para tratar el duelo y la denegatoria de la libertad condicional peticionada. Asimismo, se señaló como un déficit el proceso de participación en espacios laborales, pero si en paralelo se afirma que Biebel retomó la actividad laboral en enero de 2024, la afirmación de ese déficit resulta arbitraria pues el "a quo", más allá de mencionar el dato, debería haberlo valorado de algún modo, esto es, explicando las razones por las cuales decidía otorgarle o no otorgarle relevancia. El Tribunal concluye que las omisiones en la motivación constituyen afectaciones constitucionales y, en consecuencia, declara la procedencia del recurso de casación, anula la resolución impugnada y ordena un nuevo pronunciamiento conforme a derecho."
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