------S/APELA DENEGATORIA DE ATENUACION DE LA COERCION
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás confirma la resolución que denegó la solicitud de atenuación de la coerción y mantiene la prisión preventiva del imputado, argumentando la existencia de peligros procesales y la gravedad de los hechos, en un caso de violencia de género que requiere cautela y proporcionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones revisó la resolución del Juzgado de Garantías N° 3, que rechazó la solicitud de atenuación de la medida cautelar en favor de J.M.R. en un expediente por delitos de amenazas agravadas y lesiones leves agravadas, en concurso real, relacionados con hechos de violencia de género. La defensa impugnó la decisión alegando la existencia de circunstancias personales y familiares que ameritarían la morigeración de la prisión. El tribunal sostuvo que la decisión de mantener la prisión preventiva se encuentra bien fundada en la existencia de peligros procesales, como el riesgo de fuga y la gravedad de los delitos, además de la reiteración en hechos de violencia y la pena probable. La Cámara resaltó que la situación de violencia de género, la cantidad de causas en trámite y las amenazas previas justifican la cautela, y que la pena en expectativa (de 2 a 6 años) hace que la medida cautelar sea proporcional. Además, rechazó el argumento de superpoblación carcelaria, señalando que no constituye motivo suficiente para modificar la medida. La resolución fue confirmada en todas sus partes, considerando que la cautela impuesta es necesaria, racional y proporcional al peligro procesal y la gravedad del caso.
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