.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la sentencia que condenó a Moyano por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, rechazando el recurso de casación por considerarlo infundado y fundamentado en valoraciones probatorias ajustadas a derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal de Casación, integrado por los jueces Violini y Carral, analizó el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de Moyano contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Dolores, que lo condenó a cuatro años de prisión por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La defensa alegó arbitrariedad y falta de pruebas, basándose en que la evidencia se sustentaba únicamente en declaraciones policiales y en que la cantidad de droga incautada era escasa y de consumo personal. El tribunal de casación rechazó estos argumentos, considerando que existió un completo cuadro probatorio que demostraba la materialidad del hecho y la participación del condenado. Se resaltó que la valoración de las pruebas fue lógica, ajustada a las reglas de la experiencia y el sentido común, y que la cantidad de droga secuestrada (92,7 gramos) y su embalaje evidencian una finalidad de comercialización. La sentencia también abordó la improcedencia de aplicar figuras benévolas del artículo 14 de la ley 23.737, dado el volumen y las circunstancias del hallazgo. La Cámara concluyó que las evidencias colectadas y su valoración en el proceso fueron suficientes para sostener la responsabilidad del imputado, por lo que el recurso de casación fue rechazado en su totalidad, confirmando la sentencia condenatoria.
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