.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de La Plata declaró admisible la queja y rechazó el recurso de casación contra la decisión que confirmó el rechazo de beneficios penitenciarios a Luzzi, fundamentando que la resolución fue razonada y en línea con informes técnicos y la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa oficial de Ernesto Gabriel Luzzi interpuso un recurso de queja contra la decisión de la Cámara de Zárate-Campana que confirmó el rechazo a concederle salidas transitorias y régimen abierto, argumentando inconstitucionalidad de los artículos 100 de la ley 12.256 y 56 bis de la ley 24.660. El Tribunal de Casación, tras analizar los antecedentes, sostuvo que la decisión impugnada está fundada en un informe desfavorable del Departamento Técnico Criminológico, que concluyó que Luzzi no cumple con los requisitos para acceder a beneficios penitenciarios, considerando su condena a prisión perpetua por delitos graves y su escasa participación en programas de tratamiento. Además, recordaron que en causa 108.399 ya se había resuelto sobre la constitucionalidad de esas normas, y que la decisión de mantener la negativa fue razonada y ajustada a derecho. La Sala concluyó que el planteo de inconstitucionalidad es dogmático y que la resolución en cuestión fue fundamentada, por lo que correspondía rechazar la queja y el recurso de casación en autos. La decisión fue adoptada por unanimidad y se dispuso el rechazo del recurso con costas.
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