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---------- S/APELA DEBEGATORIA DE ARRESTO DOMICILIARIO

La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirma la resolución del 09/05/2025 que rechaza la solicitud de prisión domiciliaria y ordena la continuidad del tratamiento médico en la cárcel, considerando que no existen condiciones de vulnerabilidad que justifiquen el cambio de modalidad de ejecución de la pena. La decisión se fundamenta en informes médicos que acreditan la posibilidad de tratamiento en el establecimiento penitenciario, sin que la patología sea incurable o terminal, y en la jurisprudencia que sostiene que la sobrepoblación o condiciones carcelarias no constituyen por sí mismas motivos para modificar la modalidad de cumplimiento de la pena. La Cámara destaca que el interno cuenta con patologías controlables y que la institución penitenciaria puede garantizar la atención médica necesaria, sin vulnerar los derechos constitucionales a la dignidad y la salud. La resolución también reafirma que la superpoblación no es motivo suficiente para la concesión del arresto domiciliario y que la evaluación de medidas cautelares debe realizarse en función del caso particular y la gravedad de la situación de salud.

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