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.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación Penal de Buenos Aires anuló la condena por abuso sexual y ordenó la inmediata libertad del imputado I.E.L. tras considerar que la prueba no alcanzaba a desvirtuar la presunción de inocencia, valorando retractaciones y contradicciones en testimonios y pruebas médicas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal analizó la condena previa a I.E.L. por abuso sexual con acceso carnal agravado, basada en testimonios de la víctima, informes psicológicos y médicos, y declaraciones de testigos. La sentencia de primera instancia encontró elementos probatorios que sustentaban el abuso, incluyendo lesiones físicas y declaraciones de profesionales médicos y psicólogos. El recurso de casación presentado por la defensa alegó nulidades procesales, valoración arbitraria de la prueba, contradicciones en los testimonios y retractaciones del menor que no fueron debidamente consideradas. Se cuestionó la fiabilidad de las pruebas médicas y psicológicas, señalando que las lesiones podrían tener causas distintas al abuso y que la declaración del menor, que inicialmente relató hechos, luego negó en Cámara Gesell y en audiencia posterior, no aportaba certeza. El tribunal de casación, tras analizar la prueba y las declaraciones, concluyó que la prueba no lograba deshacer la presunción de inocencia, y que las dudas invocadas por la defensa prevalecen sobre la certeza necesaria para condenar. Consideró que la retractación del menor, sumada a la posibilidad de que las lesiones físicas tuvieran causas distintas, generaba dudas insuperables. Por ello, hizo lugar al recurso, anuló la condena y dispuso la libertad inmediata del imputado, siempre que no existan impedimentos legales. Fundamentos principales: “El reconocimiento médico legal informó sobre un borramiento de pliegues anales en hora 6, pero no se comprobó que fuera por abuso, sino por causas alternativas como defecar dura y gruesa. Además, la víctima en audiencia sostuvo que todo fue mentira, y en audiencia de mayoría de edad reiteró esa retractación. La prueba médica y psicológica, sumada a estos hechos, generan dudas que impiden mantener la condena, en virtud de la presunción de inocencia y el estándar de certeza penal.” Se destaca que la valoración de la prueba se realizó en un marco de duda razonable, que favorece al imputado, y que los elementos probatorios no fueron suficientes para sostener la condena, resultando en la absolución y la libertad del mismo.

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