------S/APELA DENEGATORIA DE CAMBIO DE REGIMEN
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirma la denegatoria de cambio de régimen al interno P P E, fundamentando que la evaluación criminológica y la opinión del Departamento Técnico Criminológico justifican la continuidad en el régimen cerrado, en atención a la naturaleza de los delitos y a los informes especializados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Nicolás resolvió sobre la apelación interpuesta por P P E y su defensor contra la decisión del Juzgado de Ejecución Penal que denegó su solicitud de cambio de régimen a uno abierto. La condena del interno por delitos de abuso sexual con acceso carnal, con una pena acumulada de 22 años, y la fecha de vencimiento de la pena prevista para el 1 de enero de 2031, son antecedentes centrales. La resolución sostiene que la decisión del Juez de Ejecución está fundamentada en informes negativos del Departamento Técnico Criminológico y en la opinión del fiscal, que consideran que el interno aún presenta indicadores que aconsejan mantenerlo en un régimen cerrado. La Cámara ratifica que la incorporación a un régimen abierto requiere evaluación favorable y asesoramiento previo de la Junta de Selección, además de que la decisión final recae en el Juez de Ejecución y la autoridad penitenciaria, en virtud de las normativas y precedentes jurisprudenciales citados. La Cámara destaca que "el beneficio de incorporación de un interno en el régimen abierto, importa un resorte exclusivo del organismo jurisdiccional respectivo". La apelación es desestimada y se confirma la resolución de denegatoria.
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