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------S/APELA PRISION PREVENTIVA

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirma la resolución que convirtió en prisión preventiva a G A G por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, considerando suficiente el análisis probatorio y la fundamentación del juez de grado.

Apelacion penal Prision preventiva Tenencia de estupefacientes con fines de comercializacion Peligro procesal Prueba policial y testimonial Fundamentos probatorios Medida cautelar Derecho a la libertad Recurso de apelacion Jurisprudencia penal


¿Quién es el actor?

Defensa particular del imputado G A G, Dr. Jorge Luis Esquivel

¿A quién se demanda?

Magistrado Dr. Ricardo Luis Prati (resolución de primera instancia)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se revoque la resolución que dispuso la prisión preventiva y se dicte el cambio de calificación legal a tenencia simple de estupefacientes, solicitando la libertad del imputado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución del juez de garantías que dictó la prisión preventiva, señalando que el auto de prisión está fundado en probables indicios y en la valoración conjunta de las pruebas, y que la calificación legal de tenencia con fines de comercialización se encuentra debidamente fundada en las actuaciones y en los elementos probatorios, y que la libertad del imputado podría poner en riesgo la finalidad del proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal destacó que la materialidad del hecho y la probable autoría se encuentran acreditadas en base a la prueba testimonial, informes policiales, secuestro de drogas, balanzas, teléfonos y otros elementos que evidencian la actividad ilícita. Se rechazaron las objeciones de la defensa respecto a la inexistencia de pruebas y la justificación de la conducta. Se resaltó que la prisión preventiva está fundamentada en la necesidad de asegurar la presencia del imputado en el proceso y evitar la posible elusión de la acción de la justicia, en virtud del peligro procesal. Se recordó que la valoración de la prueba en esta etapa es provisional y que la etapa de juicio permitirá una valoración definitiva. La calificación legal de tenencia con fines de comercialización se ajusta a las características del caso, en particular por la cantidad de droga secuestrada, las balanzas y otros indicios que evidencian la finalidad comercial, no habiendo méritos para modificarla. La medida cautelar se ajusta a los requisitos del art. 144 del C.P.P. y la peligrosidad procesal. En conclusión, la resolución de primera instancia fue considerada ajustada a derecho, y el recurso de apelación fue rechazado.

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