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INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N°6 MORON Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N°2 SAN MARTIN

La Cámara de Apelaciones declara la competencia del Juzgado de Garantías N°2 de San Martín en un incidente de competencia entre juzgados de Morón y San Martín, basándose en la localización del perjuicio económico y las pruebas documentales. La decisión se fundamenta en la normativa del Código Procesal Penal y la territorialidad del delito de estafa.

Competencia territorial Incidente de competencia Delito de estafa Jurisdiccion Provincia de buenos aires San martin Moron Articulo 20 del codigo procesal penal Articulos 29 35 y 451 del codigo procesal penal Remision de actuaciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

El incidente fue iniciado para resolver la competencia entre el Juzgado de Garantías N°6 de Morón y el Juzgado de Garantías N°2 de San Martín en la causa N°137.294. La defensa de Morón argumentó que la competencia debía corresponder a San Martín, ya que el perjuicio y la transacción comercial ocurrieron en esa localidad. La Fiscalía y la Cámara coincidieron en que la competencia territorial en delitos de estafa se determina en función del lugar donde se verifica el perjuicio económico, que en este caso fue en San Martín. La resolución se fundamenta en los artículos 20 inciso 4°, 29, 35 inciso 1° y 451 del Código Procesal Penal, y en las pruebas documentales que evidencian la configuración del daño en San Martín. La Cámara declara la competencia del Juzgado de Garantías N°2 de San Martín, remitiendo las actuaciones y notificando a las partes. Fundamentos principales: "que el Juzgado de Garantías N°6 de Morón declinó su competencia en la I.P.P. 10-00-047592-24/00, en la que se investiga el delito de estafa, al sostener que de las pruebas colectadas se desprende que la disposición patrimonial del perjuicio denunciado ocurrió en la localidad de San Martín" "la competencia territorial -en el delito de estafa
- se debe asignar en el lugar en donde se verifica la perjuicio económico causado por el ardid desplegado, y conforme se desprende de la documental acompañada, ello se configuró en la Localidad de San Martín" "el Tribunal resuelve declarar la competencia del Juzgado de Garantías N°2 de San Martín, a quien se remitirán las presentes actuaciones, con noticia de lo resuelto a su par del Juzgado de Garantías N°6 de Morón."

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