INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N° 2 DE MERCEDES Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N° 1 DE SAN MARTIN
La Cámara de Apelaciones declaró la competencia del Juzgado de Garantías N°1 de San Martín para conocer en el incidente de competencia entre el Juzgado de Mercedes y el de San Martín. La decisión se fundamentó en la autonomía del delito de encubrimiento respecto del hurto y en la necesidad de centralizar la investigación en el juez del delito principal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El incidente fue promovido por los Juzgados de Garantías N°2 de Mercedes y N°1 de San Martín en relación con la causa N°139.361, en la que se investiga un delito de encubrimiento. El Juzgado de Mercedes declinó su competencia, considerando que el hecho principal, el hurto, y el encubrimiento, tenían vinculación pero debían tramitarse en el juzgado del lugar donde ocurrió el hurto, en San Martín. La contraparte, en cambio, sostuvo que el delito de encubrimiento resulta autónomo del hurto, por lo que la competencia debería quedar en Mercedes. La Cámara resolvió que, dada la estrecha vinculación entre los delitos y la conveniencia de centralizar la investigación, corresponde al Juzgado de Garantías N°1 de San Martín, en el marco de los artículos 20 inciso 4º, 29, 35 inciso 1º y 451 del Código Procesal Penal, remitir las actuaciones a dicho órgano. La decisión se fundamentó en que el delito de encubrimiento resulta autónomo del hurto, pero la investigación del delito principal debe prevalecer para evitar dispersión y garantizar la eficiencia en la tramitación. La competencia del órgano del lugar del delito principal resulta adecuada para una mejor administración de justicia.
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