DARGERE NICOLAS RUBEN S7 RECURSO DE CASACIÓN
La Cámara de Casación Penal aceptó el desistimiento del recurso de casación presentado por Nicolás Rúben Dargere, resolviendo tener por desistido el mismo con costas, conforme a lo normado por el artículo 432 del Código Procesal Penal. La decisión se basó en el acuerdo de las partes y en las disposiciones legales aplicables.
- Quién demanda: Nicolás Rúben Dargere
¿A quién se demanda?
no corresponde, dado que se trata de un recurso de casación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
el recurso de casación interpuesto por Nicolás Rúben Dargere
¿Qué se resolvió?
El tribunal resolvió tener por desistido el recurso de casación, con costas, en virtud del acuerdo entre las partes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el 19 de junio del corriente, Nicolás Dargere y su defensor, desisten del presente recurso de casación, por lo que, de conformidad con lo normado por el artículo 432, primer párrafo, del Código Procesal Penal, el Tribunal RESUELVE: TENER POR DESISTIDO, con costas, el recurso de casación interpuesto, en el presente legajo Nro.137820, caratulado DARGERE, NICOLÁS RUBÉN S/ RECURSO DE CASACIÓN". "Rigen los artículos 421, 432, 451 y 465 del Código Procesal Penal". La resolución se fundamenta en el acuerdo de las partes y en la normativa legal aplicable, permitiendo la terminación del recurso sin análisis de fondo.
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