Logo

.................... S/ RECURSO DE QUEJA

La Cámara de Casación Penal desestima las quejas interpuestas por Julio Cesar Grassi y su defensor, desistiendo de las mismas, en atención a la voluntad del imputado, y confirma la inadmisibilidad de los recursos. La resolución se basa en el desistimiento y en el cumplimiento del artículo 432 del Código Procesal Penal.

Recurso de queja Desistimiento Camara de casacion penal Articulo 432 codigo procesal penal Inadmisibilidad Resolucion Formalizacion Notificacion Costas Buenos aires

¿Qué se resolvió en el fallo?

El imputado Julio Cesar Grassi y su defensor particular, doctor Hugo Oberti, desistieron de las quejas presentadas ante la Sala de la Cámara de Casación Penal. La Cámara, en aplicación del artículo 432 del Código Procesal Penal, resolvió tener por desistidas dichas quejas, con costas. La decisión se fundamenta en la voluntad del imputado, ya que el desistimiento fue formalizado y no hay indicios de que la decisión implique una modificación del fondo del asunto. La resolución se basa en los artículos 421, 432, 433, 451, 465, 530 y 531 del Código Procesal Penal, y se dispuso el archivo y la notificación correspondiente. No se registran votos disidentes ni argumentos en disidencia en el fallo analizado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar