INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N°4 -MAR DEL TUYU (DOLORES)- Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N°2 -LOMAS DE ZAMORA (ESTEBAN ECHEVERRIA)-
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires resolvió que el Juzgado de Garantías de Dolores es competente para entender en el incidente de competencia entre dos juzgados de garantías, basándose en la insuficiencia de elementos probatorios y en los principios de celeridad y economía procesal. La decisión fue fundamentada en la falta de pruebas concluyentes sobre el lugar del hecho y la necesidad de que la investigación avance hasta reunir elementos suficientes para determinar la jurisdicción competente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El incidente fue promovido por el Juzgado de Garantías número 4 de Mar del Tuyu, que declinó su competencia en favor del Juzgado de Garantías número 2 de Lomas de Zamora, alegando que el delito de abuso sexual presuntamente ocurrió en su jurisdicción. El Juzgado de Lomas de Zamora consideró que la remisión era prematura por la escasez de pruebas que confirmaran el lugar del hecho. La Fiscalía apoyó esta posición, señalando que la documentación no permite determinar fehacientemente la jurisdicción competente. La Cámara sostuvo que, dada la escasez de elementos probatorios y la ausencia de información clara sobre el lugar del hecho, no resulta posible decidir con certeza la competencia en esta etapa procesal. La resolución subrayó la importancia de la actividad investigativa para determinar la jurisdicción y ordenó que el órgano competente continúe con la investigación hasta reunir pruebas suficientes. La decisión se fundamentó en los artículos 29 y 35 inciso 1º del Código Procesal Penal, priorizando los principios de celeridad y economía procesal, y en la necesidad de evitar planteamientos de competencia prematuros.
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