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INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO DE GARANTÍAS N° 1 -LA PLATA- Y JUZGADO DE GARANTÍAS N° 5 -LA MATANZA-

La Cámara de Apelaciones declara la competencia del Juzgado de Garantías nro. 5 de La Matanza en un incidente de competencia originado por la disputa entre dos juzgados por la jurisdicción de una causa relacionada con secuestro de vehículo. La decisión se fundamenta en la doctrina que prioriza la competencia del juzgado del primer hecho, en este caso, el secuestro del vehículo, que configura la causa principal del proceso. La Cámara confirma que, según los artículos 20 inciso 4°, 29, 32 inciso 2°, 35 inciso 1° y 451 del Código Procesal Penal, corresponde que el juez del primer acto, en este caso el secuestro, sea quien tenga la competencia, en línea con la normativa y la jurisprudencia aplicable. La resolución remite las actuaciones al Juzgado de Garantías nro. 5 de La Matanza, con aviso a la autoridad de origen.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La disputa de competencia surge entre el Juzgado de Garantías nro. 1 de La Plata y el Juzgado de Garantías nro. 5 de La Matanza respecto a una causa iniciada por el secuestro de un vehículo Ford Fiesta ocurrido el 11 de marzo de 2025. El Juzgado de La Plata declara su declinación y remite la causa a La Matanza, pero este último rechaza la competencia por considerar prematura la decisión, ya que aún no se realizaba la pericia que determina la numeración registral del rodado. La controversia se mantiene, generando una contienda negativa de competencia. La Cámara de Apelaciones, siguiendo la doctrina jurisprudencial, establece que la competencia debe corresponder al juez del primer hecho, en este caso, el secuestro del vehículo, pues dicho acto constituye la causa y razón del proceso. La decisión se fundamenta en los artículos 20 inciso 4°, 29, 32 inciso 2°, 35 inciso 1° y 451 del Código Procesal Penal, y en la doctrina que prioriza la competencia del juez que ha iniciado la investigación por el hecho principal. La Cámara declara la competencia del Juzgado de Garantías nro. 5 de La Matanza y remite las actuaciones a dicho órgano, notificando a la autoridad de origen.

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