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.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Alejo Lautaro Ortigoza contra la sentencia que lo condenó por robo calificado con uso de arma. El tribunal sostuvo que las pruebas recabadas acreditaron la participación del imputado en el ilícito, y que las argumentaciones de la defensa no lograron desvirtuar la certeza de los hechos. La decisión fue fundada en las declaraciones de la víctima, las pruebas policiales y periciales, y la valoración conjunta de la prueba.

Recurso de casacion Condena por robo calificado Prueba testimonial y policial Reconocimiento Responsabilidad penal Valoracion probatoria Replica de arma Delitos contra la propiedad Videovigilancia Sentencia confirmada

¿Qué se resolvió en el fallo?

El imputado Alejo Lautaro Ortigoza fue condenado en instancia de origen por el Tribunal en lo Criminal número 10 de Lomas de Zamora a cinco años y tres meses de prisión por su responsabilidad como coautor en un delito de robo calificado por el uso de arma. La víctima, Pablo José Garmendia, declaró haber sido asaltado por dos personas que lo intimidaron con un arma de utilería, con la cual golpearon su cabeza, y le robaron su automóvil, celular, documentación y dinero. La policía logró detener a Ortigoza poco después del hecho en poder del vehículo robado, con partes del botín y la réplica de arma secuestrada. La valoración probatoria del tribunal consideró que la declaración de la víctima, las pruebas policiales, la persecución y los registros de videovigilancia constituían pruebas suficientes y concordantes para acreditar la participación del condenado. La defensa alegó vicios en la valoración de la prueba, en particular en el reconocimiento, y sostuvo que la prueba no acreditaba su intervención con el grado de certeza requerido, proponiendo la absolución o la reconfiguración del hecho. Sin embargo, el tribunal rechazó estos agravios, considerando que la prueba producida era suficiente y coherente. La Cámara de Casación, en ejercicio de su revisión, confirmó la sentencia y rechazó el recurso de casación, por entender que no se habían verificado errores que vulneraran garantías constitucionales o legales, y que la valoración probatoria fue ajustada a derecho.

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