Logo

.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso de casación interpuesto contra la decisión que no hizo lugar a la unificación de penas, considerando que la pena anterior ya había sido vencida al momento del hecho. La sentencia confirma la legalidad del fallo y la improcedencia del recurso, con costas y regulación futura de honorarios.

Recurso de casacion Unificacion de penas Ley 27.348 Vencimiento de pena Responsabilidad penal Derecho penal Fallo judicial Rechazo del recurso Legislacion penal argentina Camara de casacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El defensor Maximiliano de Mira interpuso recurso de casación contra la decisión del Tribunal en lo Criminal de Tres Arroyos, que no hizo lugar a la unificación de penas, alegando que correspondía aplicar lo dispuesto en el artículo 58 del Código Penal. La Cámara de Casación analizó los hechos y las leyes aplicables, concluyendo que al momento del hecho del 23 de octubre de 2023, la pena única de siete años de prisión ya había vencido el 11 de marzo de 2024, y por tanto, no procedía la unificación de penas, ya que no existía un remanente a sumar. La sala destacó que la finalidad de la unificación no se cumple cuando la pena anterior ya está cumplida o extinguida, y que el recurrente no demostró perjuicio alguno con la decisión. La Cámara ratifica así la resolución de instancia, rechazando el recurso y confirmando la legalidad del fallo con costas.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar