.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires desestima el recurso de casación por desistimiento del recurrente y la defensora, confirmando la decisión anterior y ordenando que se registre, notifique y radique a origen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El 11 de agosto, Kevin Gonzalo Galván y su defensora del departamento judicial de Quilmes desistieron del recurso de casación presentado en la causa N° 139431. La resolución del Tribunal de Casación confirma que, en virtud del desistimiento, se considera agotada la instancia de casación y se dispone el archivo del expediente. La resolución señala que, "de conformidad con lo normado por el artículo 432, primer párrafo, del Código Procesal Penal, el Tribunal RESUELVE: TENER POR DESISTIDO, con costas, el recurso de casación interpuesto". Además, se hace referencia a la aplicación de los artículos 421, 432, 433, 451, 465, 530 y 531 del Código Procesal Penal, y se ordena el registro, notificación y radicación a origen. La decisión fue tomada en virtud del desistimiento voluntario del recurrente y su defensora, sin que exista pronunciamiento sobre el fondo del recurso.
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