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.................... S/ RECURSO DE CASACION (RPJ)

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que condenó a T.L.B. por homicidio agravado y otros delitos, confirmando la valoración de la prueba y la legalidad del procedimiento. El tribunal argumenta que no se violaron derechos constitucionales ni garantías procesales, y que la prueba fue valorada en forma adecuada, sustentando la condena y rechazando los planteos de nulidad y defensa por exceso en legítima defensa o aplicación indebida de agravantes.

Recurso de casacion Responsabilidad penal juvenil Homicidio agravado Prueba testifical Balistica Legitima defensa Agravante vinculo familiar Nulidad procesal Valoracion de la prueba Legislacion provincial

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N° 1 de Mar del Plata encontró a T.L.B. culpable de participar en un plan criminal que culminó con el homicidio de Evangelina Sanche y lesiones a otras víctimas, en el contexto de una discusión familiar con agresiones físicas y disparos de armas de fuego. La sentencia de primera instancia fue fundamentada en la evidencia reunida, incluyendo declaraciones de testigos, informes balísticos y pericias químicas y de residuos de armas en las manos del imputado, que demostraron su participación activa y voluntaria en los hechos delictivos. La defensa alegó nulidad por soslayar la voluntad del justiciable de ser juzgado por un Jurado Popular, además de cuestionar la valoración de la prueba y la aplicación del artículo 35 del Código Penal, y la existencia de un supuesto exceso en la legítima defensa. La Cámara de Casación, tras analizar los antecedentes y la normativa aplicable, rechazó estos planteos, afirmando que la valoración de la prueba fue correcta y que las pruebas reunidas eran suficientes para sustentar la condena. Además, explicó que la ley provincial no contempla el juicio por jurado en el fuero de responsabilidad penal juvenil y que la interpretación de la normativa por parte de la defensa carece de sustento legal. También se sostuvo que no existió un exceso en la legítima defensa, pues la conducta de los imputados fue claramente desproporcionada y no acreditó una situación de defensa actual o inminente. Asimismo, la agravante por el vínculo con la víctima fue correctamente aplicada, dado que el vínculo familiar y el conocimiento de ello por parte del imputado están comprobados. En conclusión, la Cámara de Casación confirmó la legalidad de la sentencia y rechazó el recurso por improcedente.

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