ALEGRE MARIA ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó en gran medida la sentencia de grado, manteniendo los diferimientos y declarando la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, en el marco de la protección de los derechos previsionales, en línea con la jurisprudencia constitucional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Alegre María Angélica, demanda a la ANSES en reclamo de reajustes en su beneficio previsional. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia en aspectos clave, incluyendo el diferimiento de la actualización de la PBU y la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, por considerarse que su aplicación generaba una merma confiscatoria del haber. La Sala destacó que la metodología de cálculo de la base de la prestación debe respetar los lineamientos de la Corte Suprema, evitando la materialización de confiscatoriedad. La sentencia también abordó los agravios sobre la metodología de recálculo, estableciendo que se debe considerar todos los años y categorías aportadas, en línea con la doctrina del precedente “Makler”. La Cámara reafirmó la constitucionalidad del diferimiento y la improcedencia de los agravios relacionados con la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24241. Se rechazaron otros agravios por no ajustarse a lo decidido en primera instancia. La decisión respeta la protección del derecho a la propiedad y la protección constitucional de los beneficios previsionales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: