BAREIRO MARECO BLANCA CONCEPCION c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Cámara Federal de la Seguridad Social - Sala 2: Revisión y confirmación de la sentencia en materia de reajustes previsionales y constitucionalidad de leyes, con especial énfasis en la actualización de la Prestación Básica Universal y aspectos constitucionales y de confiscatoriedad.
¿Quién es el actor?
Blanca Concepción Bareiro Mareco
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), declaración de inconstitucionalidad de leyes y normativa previsional, y actualización de beneficios previsionales.
¿Qué se resolvió?
Se revoca parcialmente la sentencia en relación con el recálculo de la PBU, y se confirma en lo demás. La Cámara evaluó la constitucionalidad del art. 9 inc 3) de la Ley 24.463, declarando su inconstitucionalidad en caso que en la liquidación se acredite que la aplicación de topes genera una quita superior al 15%. También, se analizó la aplicabilidad de la ley 27.609 y la normativa de actualización de beneficios, remitiéndose estos aspectos a la etapa de ejecución. La Cámara sostuvo que la revisión de la PBU debe hacerse en función del impacto de su no actualización en el haber total, aplicando índices y criterios jurisprudenciales. Se confirmaron las decisiones en relación a la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 y del art. 14.2 de la Resolución SSS Nº6/09, y se diferió el análisis de otras cuestiones para la etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la constitucionalidad del art. 9 inc 3) de la Ley 24.463, considerando los precedentes de la CSJN y la doctrina constitucional, concluyendo que si la quita por topes supera el 15%, resulta confiscatoria y, por ende, inconstitucional. Se remarcó que la adquisición del beneficio con posterioridad a la ley 26.417 implica la inaplicabilidad del porcentaje adicional de incremento. También, se enfatizó que la revisión de la PBU no requiere recálculo de otras prestaciones, sino un análisis del impacto en el total del haber, aplicando los índices jurisprudenciales. La sentencia remite a los precedentes “Badaro” y “Marinati” para aplicar los índices de actualización y evaluar si la diferencia supera el 15%. La decisión refleja que ciertos agravios no cumplen con los requisitos de fundamentación para su análisis, y que las cuestiones de constitucionalidad deben ser abordadas en la etapa de ejecución.
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