L., M.V. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a OSDE brindar la cobertura integral del tratamiento farmacológico para una paciente con Lupus Eritomatoso Sistémico. La decisión se fundamentó en el derecho a la salud, la protección constitucional y la normativa vigente que prioriza la cobertura de enfermedades poco frecuentes y discapacidades.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, M.V.L., promovió acción de amparo contra OSDE para obtener la cobertura del 100% del medicamento Myfortic 360 mg, esencial para su tratamiento de Lupus Eritomatoso Sistémico, enfermedad incluida en el listado de patologías poco frecuentes conforme a la ley 26.689. La demandante alegó que la negativa de la obra social a cubrir el tratamiento la colocaba en situación de vulnerabilidad social y agravaba su sufrimiento. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenando a OSDE cubrir en su totalidad el medicamento, fundamentando que el derecho a la salud y a la protección de las personas con discapacidad prevalece sobre las restricciones del Programa Médico Obligatorio y las normativas internas de la obra social. La demandada apeló, pero la Cámara confirmó la decisión, resaltando que la ley 26.689 y las políticas públicas garantizan la atención integral y la protección social de las personas con enfermedades poco frecuentes y discapacidad, y que la prescripción médica debe prevalecer en la cobertura del tratamiento. La sentencia se apoyó en los principios constitucionales, tratados internacionales y jurisprudencia que priorizan el acceso universal y la protección del derecho a la salud, especialmente en casos de enfermedades graves y discapacidades. La decisión también consideró que la cobertura del 100% del medicamento es necesaria para evitar la progresión irreversible de la enfermedad y mejorar la calidad de vida de la paciente, en línea con la normativa vigente y las obligaciones del Estado y las instituciones de salud.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: