B. B. H. C/ L. M. C. S/ NULIDAD DE ESCRITURA
La demanda de nulidad de la cesión de derechos hereditarios y la acción de reivindicación son desestimadas por no haberse probado los vicios alegados ni la existencia de un acto simulado o un despojo ilegítimo. La sentencia sostiene que no se acreditaron los requisitos para nulidad ni para la acción reivindicatoria, considerándose que el acto fue realizado de buena fe y con respeto a los límites de derechos hereditarios. Además, se destaca que la actora pudo acudir a otras vías jurídicas para proteger su legítima, y que la cesión fue realizada en un contexto de buena fe y con conocimiento del porcentaje que le correspondía.
- Quién demanda: B. H. B., en representación de su interés como heredera forzosa.
¿A quién se demanda?
M. C. L., cesionaria de derechos hereditarios, actualmente sus herederas R. G. y N. G. M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad de la escritura de cesión de derechos hereditarios y reivindicación sobre la porción que la actora consideraba legítima, alegando vicios y despojo.
¿Qué se resolvió?
el tribunal desestimó ambas acciones, considerando que no existieron vicios en la cesión ni prueba suficiente de un acto simulado, ni de un despojo ilegítimo. La sentencia fundamenta que los elementos probatorios no permiten declarar la nulidad ni la reivindicación, y que la buena fe del adquirente fue acreditada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cesión se instrumentó en escritura pública, y la actora no logró demostrar que la misma fuera simulada o que operara en perjuicio de la legítima. La tasación realizada en 1989 y la descripción del inmueble confirman que el valor abonado no fue vil. La capacidad del hermano para ejecutar la cesión no fue suficientemente acreditada, y no se probó que la operación vulnerara derechos de la actora. La nulidad por transmisión de derechos superiores a los que la ley permite requiere la demostración de un vicio en el acto, lo cual no ocurrió. Además, la actora pudo proteger su legítima por otras vías jurídicas, por lo que la nulidad o reivindicación no corresponden." "Se concluye que la operación fue realizada de buena fe y en el marco de los derechos hereditarios, sin evidencias fehacientes de simulación o despojo, por lo que procede el rechazo de las acciones." Las costas se imponen a la parte actora por su condición de vencida.
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