Logo

.................... S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte provincial revocó la decisión de la Cámara que rechazó la aplicación de la ley de consolidación 12.836 en un caso de daños por accidente vial. La Corte concluyó que dicha ley es de orden público y debe aplicarse, incluso en causas con hechos anteriores a su sanción, por su carácter imperativo.

Intereses Danos y perjuicios Tasa de interes Recurso extraordinario Responsabilidad civil Indemnizacion Orden publico Accidente vial Jurisprudencia provincial Ley de consolidacion 12.836

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor demanda daños y perjuicios por el fallecimiento de tres personas ocurrido en un accidente de tránsito en 1999, reclamando indemnización. La sentencia de primera instancia y la Cámara confirmaron la responsabilidad del 30% a Juan Bautista Pelli y del 70% a la Dirección de Vialidad, y establecieron las indemnizaciones y los intereses. La Fiscalía de Estado interpuso recurso extraordinario por la aplicación errónea de la ley 12.836, que regula la consolidación de deudas provinciales. El tribunal superior resolvió que la ley 12.836 es de orden público y su normativa es de aplicación imperativa, por lo que no corresponde considerar su carácter de extemporánea. La Corte dispuso que la ley rige para obligaciones posteriores al 31 de diciembre de 1999, y que los acreedores deben seguir los trámites para percibir sus créditos con la tasa de interés prevista en dicha ley. La revocación de la decisión de la Cámara implica que la normativa de consolidación debe aplicarse, y que las partes deben ajustarse a sus procedimientos. La sentencia además condenó en costas a los actores vencidos en la instancia extraordinaria. Fundamentos principales: La Corte afirmó que las leyes de consolidación de deuda tienen carácter de orden público, y que su carácter imperativo trasciende la temporalidad de la sanción. Citó antecedentes doctrinales y jurisprudenciales que consolidan este criterio, destacando que la ley 12.836 es de aplicación a hechos dañosos ocurridos antes de su sanción, en virtud de su carácter de orden público. Asimismo, recordó que la ley 12.836 regula la consolidación de obligaciones de la Provincia y que solo se mantiene vigente el mecanismo de pago en efectivo, con la tasa de interés que fija el Banco Central, hasta su vencimiento en 2016. La Corte concluyó que la normativa debe aplicarse en el presente proceso, revocando la decisión que la descartó por extemporaneidad, y ordenó que los acreedores sigan los procedimientos establecidos en la ley.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar