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C, A. E. (EN REPRESENTACION DE A G) c/ OSECAC s/LEY DE DISCAPACIDAD

La Cámara Federal de Mar del Plata revoca parcialmente la sentencia de grado y ordena a la demandada brindar la cobertura del acompañante terapéutico en un 100% sin límites, fundamentado en el derecho a la salud y la protección integral de las personas con discapacidad.

Discapacidad Derecho a la salud Proteccion de derechos Cobertura integral Acompanante terapeutico Justicia social Ley 24.901 Apelacion. Ley 23.661 Ley 22.431

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, en representación de un menor con discapacidad, demanda a OSECAC por la limitación en la cobertura del acompañante terapéutico.
- La Cámara analiza el marco constitucional y legal que ampara el derecho a la salud y la protección integral de las personas con discapacidad, incluyendo tratados internacionales, leyes nacionales y doctrina de la Corte Suprema.
- La Cámara concluye que la prestación de acompañante terapéutico debe ser cubierta en un 100% por la aseguradora, ya que no se encuentra prevista en la resolución 428/99 del Ministerio de Salud y la normativa aplicable establece que dichas prestaciones deben ser cubiertas en forma integral.
- La Cámara revoca la limitación dispuesta en la sentencia de grado y ordena a la demandada la cobertura total de la prestación, con costas de alzada a la parte vencida.

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