KREISMANN, MIRTA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Bahía Blanca rechazó los recursos de apelación y confirmó la constitucionalidad de las normas de movilidad previsional, en particular la ley 27.609, estableciendo que las fórmulas de ajuste basadas en índices macroeconómicos son razonables y constitucionales, aunque admitió la inconstitucionalidad del artículo 1 de dicha ley para los años 2022 y 2023, por ineficacia ante la crisis inflacionaria. La sentencia ordenó además la actualización de haberes previsionales conforme a índices de inflación, en línea con la protección del derecho constitucional a la movilidad y la protección del poder adquisitivo de los beneficiarios, y rechazó los planteos sobre intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Federal de Bahía Blanca analiza recursos de apelación interpuestos por las partes y la AFIP contra una sentencia que reconoció el reajuste por movilidad de haberes previsionales y declaró inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 en los años 2022 y 2023. La parte actora reclamaba mayor ajuste y cuestionaba la fórmula adoptada, mientras la demandada y la AFIP alegaban constitucionalidad y que las fórmulas aprobadas por el Congreso respetaban el mandato constitucional de movilidad y no constituían medidas regresivas. La Cámara sostiene que la ley 27.609, como mecanismo de actualización, se ajusta a los estándares constitucionales y que la crisis inflacionaria de 2022-2023 justifica la declaración de inconstitucionalidad en esos años específicos. Además, se ordenó la actualización de los haberes en función del IPC, garantizando el derecho a una subsistencia digna y evitando retrocesos en la protección social. La disidencia de la Jueza Fariña consideró que la ley 27.609 vulneraba el derecho a la movilidad y que la fórmula legal no era razonable ante la inflación.
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