GIUNTA, MIRTA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la constitucionalidad de las leyes de movilidad previsional y ordenó la actualización del haber conforme a índices que reflejan la inflación, rechazando los agravios respecto a la inconstitucionalidad y la aplicación de fórmulas de ajuste.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, beneficiaria de un haber previsional desde 2003, interpuso demanda contra la ANSES reclamando reajustes y la aplicación de índices que aseguren la movilidad de sus haberes.
- La Cámara analizó los planteos relativos a la constitucionalidad de las leyes 27.426, 27.609 y los decretos de suspensión de la fórmula de movilidad, concluyendo que las normas son constitucionales, en tanto asignan parámetros razonables para la movilidad previsional.
- La Cámara rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.426, y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, ordenando la actualización del haber con base en índices inflacionarios y en la fórmula prevista por la normativa.
- Se confirmó la aplicación de intereses a tasa pasiva y la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la demandada vencida.
- La disidencia de la jueza Fariña sostuvo que la movilidad previsional debe ajustarse mediante índices de inflación, y consideró que la fórmula legal en la normativa vigente en años recientes resulta inconstitucional por no garantizar adecuadamente la protección del derecho a la movilidad.
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