BALLARINI CELIA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma la constitucionalidad de la ley 27.426, rechazando el planteo de inconstitucionalidad y aclarando el modo en que se deben computar los incrementos previsionales conforme a la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Celia Susana Ballarini, demanda reajustes en su beneficio previsional, que fue otorgado con fecha de adquisición del derecho el 26/05/2016 y alta del beneficio el 1/08/2016, amparada en la ley 24.241. La Cámara analiza la actualización de la PBU, la constitucionalidad de la ley 27.426 y sus efectos retroactivos, y los topes establecidos por la Resolución SSS 6/2009. La Cámara concluye que la ley 27.426, a pesar de legislar retroactivamente en relación a los índices de movilidad, no viola derechos constitucionales del actor, ya que el derecho a la movilidad se devenga en la fecha en que se efectúa el pago, no antes. La sentencia señala que la modificación de índices y su aplicación a períodos ya transcurridos no afectan la propiedad del beneficiario, que solo adquiere el derecho en el momento del devengamiento y pago. La Cámara también evalúa la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, rechazando el planteo y fundamentando que la retroactividad no afecta derechos amparados por garantías constitucionales. La disidencia parcial de la jueza Cammarata sostiene que la ley 27.426 es inconstitucional por su carácter regresivo y confiscatorio, y que la interpretación analógica de los índices no es adecuada, proponiendo que la liquidación refleje el aumento del 14% estimado por informes oficiales. La mayoría, en cambio, mantiene que los derechos del beneficiario se devengan en la fecha del pago y que la ley no viola derechos constitucionales.
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