FARRANDO AGUSTIN EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia que reconocía un beneficio previsional basado en la ley 24.241 y sus modificaciones. La decisión se fundamenta en la necesidad de analizar en la etapa de ejecución si la ausencia de reajustes y la eventual confiscatoriedad del haber inicial afectan la constitucionalidad del beneficio, siguiendo los precedentes de la Corte Suprema y la jurisprudencia de la Sala. La resolución también ordena regular costas y honorarios, señalando que la impugnación fue considerada improcedente en cuanto a la modificación del fallo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Agustín Eduardo Farrando, demanda a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) solicitando la actualización y reconocimiento de su beneficio previsional, cuyo derecho fue adquirido el 11/09/2019 bajo la ley 24.241, modificada por la ley 27.426. La Cámara revisó la sentencia de primera instancia y concluyó que la comparación para determinar la confiscatoriedad del haber debe hacerse sobre el total del haber inicial percibido, si fue actualizado, o sin actualizar, si no lo fue. La Cámara sostuvo que la discusión sobre la razonabilidad de los topes establecidos en la Resolución SSS 6/2009 debe posponerse hasta la liquidación definitiva y en la etapa de ejecución, en línea con los precedentes de la Corte Suprema y la jurisprudencia de la Cámara. La decisión también abordó las costas y honorarios, estableciendo un 30% de lo regulado en la instancia anterior para la actuación letrada. La Cámara rechazó los agravios y confirmó que la reconsideración del monto del beneficio y su constitucionalidad deben analizarse en la etapa de ejecución, manteniendo la sentencia en ese aspecto.
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