VENTURA DANIEL OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia en un juicio por reajustes previsionales. La decisión se fundamenta en la inconstitucionalidad del índice de actualización aplicado por la ANSeS y la ley 27.426, y reconoce que dichas normas vulneraron derechos constitucionales, pero también sostiene la validez del sistema de movilidad del haber, con restricciones y condicionamientos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Ventura Daniel Osvaldo, demanda a la ANSeS reclamando ajustes en su beneficio previsional y la actualización del haber conforme a índices constitucionales. La sentencia de primera instancia fue parcialmente revocada por la Cámara, que declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, por su aplicación retroactiva, que traduce un perjuicio económico confiscatorio y afecta derechos constitucionales, en especial el derecho de propiedad y la movilidad previsional. La Cámara también sostuvo que la normativa sobre actualización de índices, en particular el Decreto 807/2016 y la resolución 56/2018, vulneran la competencia del Congreso y la Constitución, ya que la determinación de los índices de actualización no puede ser atribuida a la ANSeS ni a la Secretaría de Seguridad Social. Sin embargo, el tribunal afirmó que la movilidad previsional debe respetar los principios constitucionales, pero que la normativa legal vigente en el momento del devengamiento del derecho es válida, por lo que se deben aplicar los índices determinados por las leyes y reglamentaciones correspondientes. La Cámara también abordó la cuestión de la desigualdad entre beneficiarios y la necesidad de proteger a los sectores vulnerables mediante medidas transitorias, como los refuerzos económicos. Finalmente, se dispuso regular los honorarios de la parte actora y costas en la instancia y en la alzada.
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