BIEDMA JOSE LUIS c/ CAJA-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó incorporar los suplementos del Decreto 380/17 en los haberes de los pasivos, confirmando además la obligación de la demandada de cumplir con los plazos y procedimientos presupuestarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, José Luis Biedma, promovió demanda contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, reclamando la incorporación en sus haberes de los suplementos establecidos en el Decreto 380/17, con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que los suplementos "función policial operativa" y "función técnica de apoyo" otorgaron un aumento generalizado al personal policial en actividad, que revisten carácter remunerativo y bonificable, y deben reflejarse en los haberes del personal en pasividad. Fundamentos principales: La sentencia fundamenta que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en el precedente “Di Nanno”, respalda que los suplementos creados por el Decreto 380/17 tienen carácter remunerativo y deben reflejarse en los haberes pasivos. Además, ratifica que la prescripción de las acciones es de dos años desde la interposición de la demanda o solicitud administrativa, conforme a la doctrina consolidada, confirmando la vigencia de esa normativa para el caso. La Cámara también mantiene la obligación de la demandada de incorporar los suplementos en el término de 90 días, y resalta que la ejecución de la liquidación debe ajustarse a las normas presupuestarias vigentes, confirmando la imposición de costas a la demandada en la alzada. Respecto a los honorarios, revocó la regulación anterior y los diferirá para cuando se apruebe la liquidación definitiva.
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